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Control Interno Preventivo

El Control Interno Preventivo consiste en una metodología de control basada en la gestión de los riesgos identificados en actividades y procesos, con miras a la eficiencia y regularidad de la gestión, que proporciona mayor seguridad administrativa en la toma de decisión por los gestores estaduales, en la medida en que se propone reducir la ocurrencia de desvíos que vengan a comprometer la eficiencia en el uso de recursos, la eficacia en la disponibilidad de bienes y servicios y la conformidad legal de los actos administrativos.

Este mecanismo de control se realiza a través del mapeo, validación, implantación y monitoreo de procesos con foco en riesgos, además de la disponibilidad de orientaciones sobre las mejores prácticas a ser adoptadas por la Administración Estatal en la ejecución de sus actividades. Como resultados esperados, se anhela:

  • Alcanzar niveles satisfactorios de adherencia a los puntos de control preventivos implantados, asegurando el logro de objetivos y metas gubernamentales;
  • Mitigar los riesgos que afectan negativamente el proceso de gestión y potenciar las oportunidades derivadas de buenas prácticas observadas.

Gestión de Riesgos

En el marco de la actuación del Control Interno Preventivo, el área de gestión de riesgos objetiva definir y modelar actividades preventivas de control interno, incluso en lo que se refiere a la identificación y tratamiento de procesos críticos, así como diseminar la cultura de gestión de riesgos e implementar metodologías y estándares de gestión de riesgos, mientras acompaña los resultados de las acciones del control interno

Procesos Gestionados con Foco en Riesgos

Con el objetivo de contribuir al perfeccionamiento de la Administración Pública, y considerando en su actuación las dimensiones de riesgos, costos y procesos, la CGE realiza, junto con SEPLAG, SEFAZ, PGE y CASA CIVIL, el análisis de procesos críticos del Estado.

En el proceso mapeado se identifican las etapas y actores y se establece lo que debe hacerse, quién debe hacerlo y en qué momento. Todo funcionando de forma secuencial y lógica, con el soporte de herramienta informatizada orientada hacia el logro de resultados y la conformidad legal de los actos practicados.

Monitoreo de los Controles

El monitoreo de los controles internos pretende garantizar que la ejecución de las actividades desempeñadas por los diversos órganos y entidades integrantes de la administración pública estadual ocurran de conformidad con los estándares establecidos de forma que los procesos corporativos implantados ocurran conforme lo planeado y presenten los resultados esperados. Estas actividades comprenden las acciones de implementación y monitoreo de los procedimientos de control interno establecidos por el área de gestión de riesgos, así como el fomento a la formulación de los controles preventivos, contribuyendo así a la mejora continua de los procesos.

Monitoreo del Proceso de Convenios y Congéneres

El monitoreo de los controles internos pretende garantizar que la ejecución de las actividades desempeñadas por los diversos órganos y entidades integrantes de la administración pública estadual ocurran de conformidad con los estándares establecidos y presenten los resultados esperados. Estas actividades comprenden las acciones de monitoreo de los procedimientos de control interno establecidos por el área de gestión de riesgos, así como de las acciones propuestas en el marco del Plan de Acción para Sanar Fragilidades - PASF, así como el fomento a la formulación de los controles preventivos, contribuyendo así a la mejora continua de los procesos.

Plan de Acción para Sanar Fragilidades

El Plan de Acción para Sanar Fragilidades es un instrumento de operacionalización que pretende prevenir la ocurrencia de eventos de riesgo, así como mitigar la posibilidad de recurrencia de hechos constatados, cuando la realización de actividades por parte del órgano central de control interno, que vengan a comprometer la gestión de los órganos y entidades, elevando así el nivel de eficiencia y de racionalización en la utilización de los recursos para la prestación de los servicios públicos.

Asesoramiento Técnico

En el foco de actuación preventiva, la COINP actúa en la elaboración de los instrumentos de orientación técnica, respondiendo a las consultas formuladas por los órganos y entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Ceará, pudiendo además proponer, de papel oficio, la emisión de orientaciones normativas para perfeccionar los controles internos. También se elaboran materiales técnicos, como manuales y cartillas, sobre asuntos de interés de los órganos y entidades estatales.

Orientaciones Técnicas y Normativas

Las orientaciones emitidas por la CGE tienen naturaleza eminentemente técnica, correspondiendo a la Procuraduría General del Estado (PGE) las orientaciones de naturaleza jurídica, en los términos de los arts.21, 26 y 27 de la Ley Complementaria Estatal nº 58, de 31 de marzo de 2006 (DOE de 31.03.2006). Donde:

  • Orientación Técnica - manifestación emitida por la CGE, en respuesta a consultas efectuadas por los órganos y entidades de la administración pública estadual, sobre casos concretos o por deliberación de la propia CGE sobre materias habituales al área de control interno.
  • Orientación Normativa - manifestación emitida por la CGE, con el objetivo de prevenir la recurrencia de hechos que impliquen en riesgos a la administración pública, con el objetivo de fortalecer el sistema de control interno del poder ejecutivo.

El órgano o entidad que tenga interés en efectuar una consulta técnica a la CGE deberá formalizarla presentando, como mínimo, los siguientes documentos e informaciones:

  1. Descripción detallada del caso concreto que planteó la duda o cuestionamiento con documentos comprobatorios que permitan la comprensión de la situación y de los hechos relatados;
  2. Dictamen conclusivo del área técnica del propio órgano y opinión sobre el encaminamiento a ser dado al caso concreto, en el que se mencione la legislación que da soporte al entendimiento, cuando sea el caso; y
  3. Descripción objetiva y clara de la duda o cuestionamiento a ser respondido por la CGE.

Además, la solicitud debe ser formalizada por medio de oficio de miembro de la Gestión Superior del órgano o entidad solicitante y encaminada a la CGE por medio de proceso físico registrado en el sistema de protocolo.

Enunciados CGE

Con el objetivo de diseminar las orientaciones constantes en las orientaciones técnicas y normativas, se pone a disposición la publicación con los "Enunciados CGE", consolidando los fragmentos de los análisis técnicos que tienen interés general. Sin la pretensión de sustituir el marco normativo existente, la obra pretende facilitar a los gestores y servidores públicos la consulta a las orientaciones y entendimientos de la CGE, abarcando asuntos relativos a la racionalización del gasto público, a los procedimientos de licitaciones, a los contratos y convenios, entre otros.

Además, se incluyeron los entendimientos de otros órganos, con orientaciones y súmulas del Supremo Tribunal Federal (STF), de la Abogacía General de la Unión (AGU) y del Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU), siendo aplicables a los actos administrativos estatales, se ha de considerar que las súmulas vinculantes aprobadas por el STF tienen aplicación obligatoria por el Poder Judicial y por el Poder Ejecutivo de la Unión, de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios.

 

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